Marco legal del
periodismo en Colombia
Un marco legal brinda bases para una junta y equilibrada sociedad, es decir, en un marco legal se encuentran leyes y reglas
para ejercer actividades de orden civil o comercial. En la constitución política de Colombia se
encuentran los siguientes artículos: 2, 20, 73, 74, con los cuales se dan las bases para el
ejercicio del periodismo.
Artículo 2.
Son periodistas profesionales las personas que previo el lleno los
requisitos que se fijan en la presente ley, se dedican en forma permanente a
las labores intelectuales referentes a:
Redacción noticiosa y conceptual o información gráfica, en
cualquier medio de comunicación social.
Quienes atacan la constitucionalidad de los artículos
demandados y pretenden el periodismo no
sea una profesión si no un oficio, ignora la responsabilidad social que tiene
esta actividad.
Este articulo expresa que un periodista de ser una persona
profesional de esta labor ya que el periodismo requiere de una responsabilidad
social.
Artículo 20. Se le garantiza a todas las personas
la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e
imparcial, y la de fundar medios
masivos de comunicación.
Estos son libres y tienen responsabilidades sociales. Se
garantiza el derecho a la rectificación
de condiciones de equidad. No habrá censura.
Este articulo le garantiza a todas las personas de opinar o
expresar sus pensamientos.
Artículo 73. La actividad periodística gozara de
protección para garantizar su libertad e independencia profesional.
Este artículo trata de garantizar la protección del periodista de ser
libres e independientes de su profesión.
Artículo 74. No todas las personas tienen derecho
a acceder a los documento públicos salvo
los casos que establezca la ley.
Este artículo nos dice que no todas las personas tienen el privilegio de acceder a una entidad
pública.
En conclusión, los anteriores artículos nos quieren resaltar el derecho que tienen un periodista
siendo este un profesional. A la vez busca que el profesional goce de la
libertad para difundir sus publicaciones y recibir información.
También se le concede a este la autonomía para fundar medios
masivos de comunicación.